jueves, 18 de noviembre de 2010

Comunicado del PAC

Fracción Legislativa
Partido Acción Ciudadana
Lunes 15 de noviembre de 2010


Sala IV declara con lugar recurso que presentó ex diputado del PAC

Fallo sobre acueducto de Sardinal fortalece lucha de la comunidad por su derecho al agua

• Voto condena al Estado y al AyA a pago de daños y perjuicios.

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo presentado por el ex diputado del Partido Acción Ciudadana, José Rosales Obando representante de la provincia de Guanacaste, el cual denunciaba la construcción del acueducto de Sardinal de Carrillo en Guanacaste por la falta de estudios técnicos que lo respaldaran y por omitir la participación ciudadana en la formulación del proyecto.

El recurso de amparo fue presentado en mayo del 2008 con el objetivo de apoyar a la comunidad de Sardinal en su lucha por defender el recurso hídrico como derecho humano y garantizar un ambiente sano a sus habitantes.
“Nos complace que una gestión de respaldo de nuestro partido para la comunidad de Sardinal haya sido acogida por la Sala Constitucional, y les dé la razón en su lucha por la defensa del agua” aseguró el Jefe de Fracción de Acción Ciudadana, Juan Carlos Mendoza.

El voto es el número 10-016943 publicado el pasado 13 de noviembre, enfatiza en la violación a los artículos 50 y 9 de la Constitución Política que ocasionaría la construcción del acueducto. Además, el voto condena al Estado y al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) al pago de daños y perjuicios ocasionados.

ARTÍCULO 50.- El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientes.

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